1. El Patronato estará compuesto por:
    • Presidente: El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
    • Vicepresidente: El Almirante Jefe de Personal de la Armada.
    • Vocales:
      • El Subdirector General de Enseñanza Militar.
      • El Director de Enseñanza Naval.
      • El Director de la Escuela Naval Militar (ENM).
      • El Director del CUD-ENM.
      • El Delegado de la UVIGO.
      • Un representante de la UVIGO nombrado por el Rector.
    • Secretario: El secretario del centro.
  2. La Presidencia dirimirá con su voto los empates a los efectos de adoptar acuerdos.
  3. El Vicepresidente presidirá las sesiones cuando no asista el Presidente.
  4. El Subsecretario de Defensa tendrá la consideración de miembro nato del Patronato, con voz y voto. Cuando asista a las reuniones las presidirá.
  5. El Rector de la UVIGO tendrá la consideración de miembro nato del Patronato, con voz y voto.
  6. El Secretario actuará con voz pero sin voto. Le corresponderá levantar acta de las sesiones y la custodia de su documentación.
  7. Tendrán consideración de vocales accidentales y, por tanto, podrán asistir a sus sesiones siempre que lo estime oportuno el Presidente, con voz pero sin voto, aquellos que la naturaleza del tema a tratar así lo aconseje.

Conforme al art. 7 del Reglamento de Regimen Interno del centro son funciones del Patronato, entre otras, las siguientes:

  1. Ostentar la representación institucional del centro, que podrá delegar en el Director del mismo.
  2. Aprobar el Reglamento de Régimen Interno del centro.
  3. Proponer al Subsecretario de Defensa el nombramiento del Director del centro.
  4. Nombrar al Subdirector, Gerente y Secretario del centro, a propuesta del Director.
  5. Aprobar la propuesta de plantilla del centro, elaborada por el Director, de forma previa a su elevación a la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).
  6. Aprobar las solicitudes de colaboración de profesorado de la UVIGO y la modalidad en que éstas serán prestadas, según establece la cláusula 10.6 del convenio de adscripción.
  7. Aprobar la Propuesta del Calendario Anual de Actividades del grado, de forma previa a su elevación al Subsecretario de Defensa por la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
  8. Aprobar el ejercicio económico del año anterior, el Presupuesto y la Programación Plurianual de Gastos.
  9. Aprobar las líneas estratégicas de investigación del centro y supervisar su actividad investigadora.
  10. Aprobar el Plan de Actuación del centro y los Planes Anuales, a propuesta del Director, previa elevación a la DIGEREM.
  11. Conocer y evaluar la memoria anual de actividades, presentada por el Director del CUD-ENM e informada por el Delegado de la UVIGO.
  12. Velar por la correcta ejecución del convenio de adscripción para la consecución de los objetivos establecidos en la cláusula primera, así como ejercer la facultad de inspección sobre el centro para garantizar el cumplimiento de dichos objetivos.
  13. Impartir Instrucciones al Director en las materias propias de las competencias del Patronato.
  14. Aprobar sus normas de funcionamiento, que incluirán las normas de suplencia de sus miembros.
  15. Cualquier otra función recogida en la normativa vigente aplicable y en el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la UVIGO para la adscripción del CUD-ENM.
  16. Dar su aprobación al Director para la firma de los convenios que éste proponga, y que la normativa del Ministerio de Defensa le autoriza a firmar.
  17. Velar por el buen funcionamiento del centro y de su actividad docente e investigadora.

En lo no recogido en el convenio de adscripción, en este Reglamento y en las normas de funcionamiento del Patronato, éste se regirá por lo establecido para los órganos colegiados en el título preliminar, sección 3ª, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.