Reconocimiento de créditos procedentes de titulaciones oficiales

Cuando los créditos hayan sido cursados en títulos oficiales en universidades nacionales o extranjeras, podrán reconocerse y transferirse cuando el programa de las materias a reconocer coincida al menos un 70 por ciento con el de las materias cuyo reconocimiento se solicite. En ese caso, la Comisión Académica del Máster elaborará un informe que el/la presidente/a hará llegar a la dirección del centro. El informe tendrá un carácter preceptivo, pero no vinculante, para que la dirección del centro resuelva la solicitud del/de la alumno/a por delegación del rector.

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