Reconocimiento de créditos procedentes de titulaciones no oficiales

Respecto a los créditos cursados en enseñanzas universitarias no oficiales (títulos propios) se reconocerán créditos por haber cursado títulos propios relacionados, hasta un máximo de 9 ECTS. Los títulos propios que sean objeto de posible reconocimiento deberán ser de nivel de postgrado (experto universitario, especialista universitario, máster o equivalentes), además, su programa deberá coincidir en al menos un 70 por ciento con el de las materias cuyo reconocimiento se solicite.

 

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